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Las facturas que emitimos

Ya vimos que, como Responsables Inscriptos en el IVA emitimos facturas A y B. Factura A cuando nuestro cliente es Responsable Inscripto y Factura B cuando no lo es. También vimos que emitimos factura E cuando exportamos. Pero también emitimos Ticket Factura A y Ticket Factura B, También Ticket, y Factura de Crédito MiPyME A y B, Notas de Crédito y Notas de Débito. Y tenemos distintos sistemas de facturación: están las impresoras fiscales en los locales, los talonarios de facturas manuales para cuando no hay sistema, las facturas electrónicas que emitimos desde el software de gestión y las facturas que hacemos a veces desde la web de AFIP. Cada documento se utiliza según el caso. 
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Las reglas básicas de facturación

Toda persona tiene derecho a ejercer el comercio y eso lo ampara la Constitución Nacional en su art. 14. Pero todo derecho deviene en obligaciones y hay ciertas reglas que se deben cumplir. Las personas pueden ejercer el comercio pero deben registrarse en los organismos que le correspondan de acuerdo a sus características, emitir un documento específico para cada operación y cumplir pautas administrativas específicas para rendir cuentas cuando estos organismos se lo requieren. El documento comercial por excelencia es la FACTURA, todos los demás se comprenden a partir de su entendimiento.